Ya no habrĂ¡ ventas atadas en los bancos

Luego de la publicación de la Reforma Financiera, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) reiteró que, a partir del 10 de abril del 2014 quedan prohibidas las ventas atadas en la contratación de algún producto o servicio financiero.

De este modo, en la contratación de un crédito podrás señalar la cuenta que tú quieras para el pago del mismo, sea del mismo o de otro banco. En el caso de los seguros relacionados con los créditos como el hipotecario y automotriz (en los que es necesario contar con un seguro de vida y uno de daños en protección de la garantía y del patrimonio del propio usuario), la institución podrá ofrecer alternativas para que el cliente sea quien seleccione con que aseguradora contrata su póliza.

Las instituciones deberán ser muy claras en sus procedimientos de comercialización, indicando el costo y las coberturas necesarias para que el usuario pueda comparar y hacer una elección adecuada. Así, el usuario será quien decida la institución que más le convenga para contratar el servicio o producto financiero que requiera, y no podrá ser condicionado a hacerlo con una institución determinada.

El incumplimiento de estas prácticas podría tener una sanción desde los 4 mil y hasta los 20 mil salarios mínimos; los usuarios podrán presentar una reclamación de esta naturaleza ante la CONDUSEF.

 ¡Mucho ojo!

Ya no habrĂ¡ ventas atadas en los bancos